Comunicación de alta en IAE en Diciembre

El Impuesto de Actividades Económicas (IAE), es un tributo sobre el ejercicio de las actividades empresariales, profesionales o artísticas en el territorio nacional de las sociedades mercantiles, civiles y otras entidades. No obstante quedan exentas de pagar el IAE las entidades cuya cifra de negocios (IVA no incluido) sea inferior a 1 millón de euros y también estarán exentas durante los dos primeros años las empresas que comience una actividad empresarial.

Comunicación de alta en IAE en Diciembre

El IAE solo deben pagarlo las entidades cuya cifra de negocios supere el millón de euros durante dos ejercicios consecutivos, por lo tanto de cara al ejercicio 2017, deberán pagar el tributo las entidades que hayan generado más de 1 millón de euros a la finalización del ejercicio 2015 y 2016. Si la entidad se encuentra por primera vez en esta situación debe hacer la comunicación de alta en IAE en Diciembre de 2016, es una forma de informar a la Agencia Tributaria que para el siguiente ejercicio dejará de estar exenta. Para esto hay que presentar el modelo 840.

 

Comnunicación de Alta en IAE en Diciembre

 

Plazos de declaración:

Declaración de alta:
– Por iniciar una actividad, en el transcurso de un mes desde el inicio de la misma.
– Por dejar de disfrutar de exención, durante el mes de diciembre inmediato anterior al año en que estén obligados a tributar.

Declaración de variación:
En el plazo de un mes a contar desde la fecha en que se produjo la circunstancia que motivó la variación.

Declaración de baja:
– Por cesar en el ejercicio de la actividad, en el plazo de un mes desde el cese.
– Por pasar a disfrutar de exención por el impuesto por el conjunto de actividades, en el mes de diciembre anterior al año en que dejen de estar obligados a tributar por haber accedido a una exención.

Declaración de comunicación del importe neto de cifra de negocios:
Se presenta entre el día 1 de enero y el 14 de febrero del ejercicio en que deba surtir efectos dicha comunicación en el IAE.

 

Modelos de declaración:

Modelo 840 de declaración del Impuesto sobre Actividades Económicas.
Para presentar declaraciones del impuesto de alta, baja o variación. No obstante, en el caso de cuotas municipales, cuando la gestión censal del impuesto esté delegada en alguna entidad local, las declaraciones se presentarán en la entidad que tiene delegada la gestión censal y en el modelo que éstas tengan aprobado.

Modelo 848 de comunicación del importe neto de la cifra de negocios.
Los sujetos pasivos que tributen efectivamente por el impuesto deben presentar dicho modelo para consignar el importe neto de su cifra de negocios, salvo que hayan hecho constar dicho importe en la declaración del Impuesto de Sociedades, la del Impuesto sobre la Renta de No Residentes o en el modelo 184 de declaración informativa de entidades en régimen de atribución de rentas.

 

¿Cómo se calcula la cuota tributaria del IAE?

Cuota de la tarifa : Las tarifas de cada actividad económica están recogidas en el Real Decreto Legislativo 1175/1990 de 28 de septiembre

Coeficiente de ponderación: Tras aplicarlo obtenemos la cuota ponderada.

Importe neto de la cifra de negocios (euros)      Coeficiente

Desde 1.000.000,00 hasta 5.000.000,00               1,29
Desde 5.000.000,01 hasta 10.000.000,00             1,30
Desde 10.000.000,01 hasta 50.000.000,00          1,32
Desde 50.000.000,01 hasta 100.000.000,00        1,33
Más de 100.000.000,00                                             1,35
Sin cifra neta de negocio                                          1,31

 

Coeficiente de situación: Sobre la cuota ponderada. No podrá ser inferior a 0,4 ni superior a 3,8. Obteniendo así la cuota incrementada.

Recargo provincial: Se lo añadimos a la cuota incrementada para obtener la deuda tributaria.

 

Pago de cuotas provinciales y estatales del IAE 2016:

Para 2016 el plazo del pago voluntario del Impuesto de Actividades Económicas comprende desde el 15 de septiembre hasta el 21 de noviembre de 2016. El pago debe realizarse con el documento recibido por la empresa procedente de la Agencia Tributaria.

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