Hijos en la Renta 2018

 

Vamos a analizar la situación de los Hijos en la Renta 2018. Comenzamos aclarando que los hijos menores de 18 años podrán formar parte de la unidad familiar y por regla general hasta los 25, aunque ya no formen parte de la unidad familiar, si podrán dar derecho a deducción en la renta de sus padres. Siempre se tiene en cuenta la edad a 31 de diciembre.

El concepto de unidad familiar es el formado por el matrimonio y los hijos menores de edad o por familias monoparentales siempre que los hijos sean menores de edad. Por tanto, sólo forman parte de la unidad familiar los hijos menores de 18 años.
Así pues, si la unidad familiar tributa de forma conjunta se procede a sumar todas las rentas, incluidas las de los hijos menores de edad. Sin embargo, si uno sólo de la unidad familiar tributa de forma individual, fuerza a que el resto también tributen de forma individual y tengan que presentar la declaración individual en el caso de estar obligados.


Suele ser más beneficioso  de forma global para la familia, que el descendiente se incluya en la renta con sus padres, a que presente la renta de forma individual. La deducción de mínimo por descendiente a la que tendrán derecho los padres, en gran parte de los casos será superior a la cantidad que pudieran devolverle al hijo en su declaración individual.


Es muy importante tener en cuenta la edad de los hijos y los ingresos que éstos tengan. En caso de tener ingresos, habrá que prestar especial atención a si pueden presentar la declaración de forma conjunta con sus padres, si pueden incluirse en la declaración para beneficiarse de la deducción por descendientes o si están obligados a presentarlas de forma individual. Si se incluyen incorrectamente y causan daño económica a la Agencia Tributaría, el contribuyente además de regularizar la situación tendrá que hacer frente a una sanción.

Es imprescindible que el descendiente conviva con el contribuyente; también se considerará que conviven con el contribuyente los descendientes que, dependiendo del mismo, estén internados en centros especializados.

 

 

Independientemente de que el hijo sea menor o mayor de edad, dará derecho a deducción si cumple los siguientes requisitos:

  • Que tenga menos de 25 años a fin de año.
  • Que conviva con los padres.
  • Que no tenga rentas superiores a 8.000€ (no computan las rentas exentas. Ej.: becas)
  • Que no presente renta individual con ingresos declarados superiores a 1.800€.
  • Que siendo mayor de 25 años, tenga reconocido una minusvalía igual o superior al 33 %.

 

Las deducciones a las que darán lugar los hijos en la Renta 2018  o las cuantías que se añaden al mínimo personal y familiar (5.550 euros que se restan a los ingresos), son las siguientes:

  • Primer hijo: 2.400 euros.
  • Segundo hijo: 2.700 euros.
  • Tercer hijo: 4.000 euros.
  • Cuarto hijo y siguientes: 4.500 euros.
  • En caso de ser menor de 3 años, se incrementará 2.800 euros.

 

Situaciones que se pueden dar con los hijos en la declaración de la renta:

– Hijos menores de 18 años:
  • Sin ingresos o ingresos inferiores a 1.800 euros: Da derecho a deducción por mínimo por descendientes. Se encuentra en situación de poder presentar la renta conjunta con la Unidad Familiar o  individual  en el caso de que todos opten por la individual.
  • Con ingresos superiores a 1.800 euros pero inferiores a 8.000 euros: Da derecho a deducción por mínimo por descendientes, si el menor no presenta la renta individual. Por tanto, si la unidad familiar tributa de forma individual, tendremos que ver qué tipo de rentas tiene el menor para ver si está obligado o no a presentar la renta, ya que si está obligado y la presenta sus padres no tendrán derecho a deducción por él. En caso de que no esté obligado a declarar, seguramente será mejor que el hijo no realice la declaración de forma individual, ya que su devolución será menor que el beneficio que obtengan los padres por su desgravación fiscal.
  • Con ingresos superiores a 8.000 euros: No da derecho al mínimo por descendientes. Si la unidad familiar opta por la tributación individual, el menor presentará la renta si está obligado a ello y si no está obligado, la presentará si le interesa para que le devuelvan las retenciones que le hayan sido practicadas.

 

– Hijos mayores de 18 años y menores de 25 años
  • Sin ingresos o ingresos inferiores a 1.800 euros: Da derecho a deducción por mínimo por descendientes y además puede presentar renta individual si le interesa para que le devuelvan sus retenciones.
  • Con ingresos superiores a 1.800 euros pero inferiores a 8.000 euros: Da derecho a deducción por mínimo por descendientes si el hijo no presenta la renta, pero si la presenta (por estar obligado) los padres pierden el derecho a la deducción.
  • Con ingresos superiores a 8.000 euros: No da derecho a deducción por mínimo por descendientes. Presentará renta si está obligado, o si le interesa presentarla al salir la declaración a devolver.

 

 

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