Diferencias entre ERE y ERTE

 

Seguro que en los últimos días las palabras despidos, ERE o ERTE han sonado con fuerza en vuestras familias y amigos, debido a la situación de emergencia sanitaria por el coronavirus y la paralización del país muchas empresas se ven en la tesitura de plantearse reducir sus costes laborales, traduciéndose estos en reducción de jornada o despidos.

 

¿Qué diferencias hay entre un ERE y un ERTE?

Ambos son instrumentos de regulación de empleo, se utilizan para dar respuesta a situaciones económicas, técnicas, organizativas o de producción que pueden sufrir las empresas. La principal diferencia entre un ERE y un ERTE, se encuentra en la duración de sus consecuencias, el ERE es un despido definitivo, mientras que el ERTE es una suspensión temporal de la relación laboral.

 


Preguntas frecuentes sobre los Expedientes de Regulación de Empleo de la página web del Ministerio de Trabajo


 

 

¿Qué es un ERE?

Un ERE hace referencia un Expediente de Regulación de Empleo regulado en el artículo 51 del Estatuto de los Trabajadores:

» Despido colectivo: A efecto de lo dispuesto en la Ley, se entenderá por despido colectivo, la extinción de contratos de trabajo fundada en causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, cuando en un periodo de noventa días, la extinción afecte al menos a:

a) Diez trabajadores, en las empresas que ocupen menos de 100 trabajadores.

b) El diez por ciento del número de trabajadores de la empresa en aquellas que ocupen entre cien y trescientos trabajadores.

c) Treinta trabajadores en las empresas que ocupen más de trescientos trabajadores.

Se entenderá igualmente como despido colectivo la extinción de contratos de trabajo que afecten a la totalidad de la plantilla de la empresa, siempre que el número de trabajadores afectado sea superior a cinco, cuando aquel se produzca como consecuencia de la cesación total de la actividad empresarial»

 

En conclusión un ERE es un proceso administrativo, que se tramita cuando una empresa cesa su actividad o cuenta con problemas económicos, que solo pueden resolverse con el despido de parte de la plantilla. El despido deberá ir precedido de un periodo de consultas con los representantes legales de los trabajadores.

El despido por ERE implica una indemnización para los empleados que se fija en 20 días de salario por cada año trabajado.

 

¿Qué es un ERTE?

Un ERTE es un Expediente de Regulación Temporal de Empleo, regulado en el artículo 47 del Estatuto de los Trabajadores:

«Suspensión del contrato o reducción de la jornada por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción o derivadas de una causa mayor.

El procedimiento, que será aplicable cualquiera que sea el número de trabajadores de la empresa y del número de afectados por la suspensión, se iniciará mediante comunicación a la autoridad laboral competente y la apertura simultánea de un periodo de consultas con los representantes legales de los trabajadores de duración no superior a quince días.

La autoridad laboral dará traslado de la comunicación empresarial a la entidad gestora de las prestaciones por desempleo y recabará un informe preceptivo de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social sobre los extremos de dicha comunicación y sobre el desarrollo del periodo de consultas.»

 

Un ERTE por lo general se aplican a toda una plantilla o a un departamento completo de una empresa. Se pueden aplicar:

  • En medidas de suspensión total de jornada. 
  • Reducción de jornada continua durante periodos concretos. La reducción de la jornada tendrá que ser entre un 10% y un 70%. Durante este periodo no podrán realizarse horas extraordinarias salvo situaciones de fuerza mayor.

 

¿En qué situación quedan los trabajadores afectados por un ERTE?

Un ERTE no genera situaciones de desempleo definitivas, una vez finalice el plazo temporal estipulado los trabajadores deben ser readmitidos en su puesto de trabajo. Un ERTE no es un despido, sino una suspensión de la jornada laboral.

Al ser un procedimiento suspensivo y no extintivo, los trabajadores no recibirán ningún tipo de indemnización, pero si se encontrarán en situación legal de desempleo y podrán solicitar el paro, tanto si el ERTE ha supuesto la suspensión completa o solo una reducción de jornada, en este segundo caso accederán a la parte proporcional de paro que le correspondan. Tendrán acceso al desempleo siempre que hayan cotizado más de 360 días o cuando sus rentas no superen el 75% del salario mínimo interprofesional.


En caso de que tu empresa aplique un ERTE durante la crisis del coronavirus, está no será una situación de desempleo definitiva. Una vez superado esta situación de fuerza mayor, la empresa readmitirá a sus trabajadores.

La aplicación del ERTE, no da derecho a indemnización al trabajador, pero si le permitirá solicitar la prestación por desempleo.


 

¿Qué impacto económico tiene un ERTE para la empresa?

En el caso de aplicación de un ERTE, el empleador no tendrá que abonar indemnizaciones, pero si deberá reincorporar a los trabajadores a su puesto de trabajo una vez finalice el periodo estipulado y deberá seguir pagando el 100% de las cotizaciones a la Seguridad Social respecto de la cuota empresarial.

Hay empresas que se comprometen a pagar una serie de complementos a sus trabajadores para igualar la prestación por desempleo que le corresponde a la nómina que percibían antes de la suspensión del contrato.

 

 

¿Que aplicarán las empresas durante la crisis sanitaria del coronavirus?

Muchas empresas se verán obligadas a aplicar una regulación de empleo, en este caso al ser un caso excepcional y temporal, las empresas utilizarán el procedimiento del ERTE para suspender temporalmente la jornada o parte de la jornada laboral de sus trabajadores. Esperemos que podamos superar la crisis sanitaria y socioeconómica lo antes posible con objeto de que las empresas no se vean obligadas a suspender contratos o realizar despidos.

 

 

Solicitud de desempleo

La aplicación tanto de un ERE como un ERTE, deja a los trabajadores en situación legal de desemplo y en la mayoría de los casos podrán acceder a cobrar la prestación por desempleo.

En el siguiente enlace se pueden observar todos los requisitos para cobrar el paro, así como la documentación a presentar -> Requisitos cobro prestación de desempleo y documentación necesaria

La solicitud podrá realizarse de forma presencial, tras pedir cita previa, en las oficinas del Servicio Público de Empleo o de forma telemática a través de la sede electrónica del SEPE

 

Preguntas Frecuentes FAQS

Os dejamos el acceso al apartado de preguntas frecuentes elaborado por el Ministerio de Trabajo y Economía Social, sobre los Expedientes de Regulación de Empleo: Requisitos, solicitud de prestaciones, pago y cuantía, incompatibilidades, remisión electrónica de datos…

Acceso FAQS del SEPE Expedientes de Regulación de Empleo

 

 

 

 

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