Ayudas para los autónomos de Andalucía

Ayudas de 300 euros para Autónomos residentes en Andalucía

Medidas de empleo ante el Covid-19

 

El gobierno de la Junta de Andalucía ha aprobado con carácter urgente una ayuda excepcional de 300 euros para los autónomos y trabajadores por cuenta propia para cubrir los gastos fijos a los que este colectivo sigue haciendo frente, como son las cuotas de seguridad social.

Estas ayudas para los autónomos de Andalucía consistirá en un abono de 300 euros en un sólo pago, el plazo de presentación para solicitar la ayuda, será hasta 15 días después del levantamiento del estado de alarma o hasta que se agote la partida presupuestaria destinada a estas ayudas (50 millones).

Desde el día 17 de abril, es posible solicitar la ayuda desde la página web de la Junta de Andalucía.

 

 

Beneficiarios de la ayuda

Todas aquellas personas autónomas, trabajadores por cuenta propia o mutualistas que se mantengan de alta y no hayan optado a las ayudas por cese de actividad, o que encontrándose entre los servicios esenciales, han visto mermada su facturación. Y que tienen su domicilio fiscal y de la actividad en Andalucía.

Las actividades profesionales y los CNAE que pueden ser beneficiarios de esta ayuda son los siguientes:

Acceso al listado de los CNAE beneficiarios de la ayuda de 300 euros.

 

Requisitos para obtención

  • Ser trabajador autónomo residente en Andalucía.

 

  • Estar dado de alta en el RETA de la seguridad social o en la mutualidad alternativa correspondiente.

 

  • Límites en la base liquidable de la Renta del ejercicio 2018. La base liquidable general y del ahorro debe ser inferior a 39.900 euros (en caso de tributación individual) y a 53.200 euros (en caso de tributación conjunta).

 


La ayuda de 300 euros de la Junta de Andalucía para autónomos residentes en Andalucía, no es compatible con la prestación por cese de actividad.


¿Cómo solicitar la ayuda?

La ayuda deberá solicitarse telemáticamente desde la web de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo de la Junta de Andalucía. Para tramitar la ayuda será necesario disponer de certificado electrónico, la presentación podrá realizarla el propio interesado con su certificado electrónico o podrá presentarla un representante autorizado (asesoría o gestoría) en nombre del solicitante.

Acceso a la plataforma telemática de tramitación para solicitudes de la ayuda de 300 €

Dentro de la plataforma se deberá rellenar el formulario online,  haciendo constar en una declaración jurada que todos los datos son correctos. Hay que incluir el importe de la casilla 505 de la Renta del ejercicio del 2018.

En cuanto a la documentación a aportar, se deberá acompañar el DNI del solicitante y en caso de representación el DNI del autorizado y el documento de autorización a la presentación telemática de la solicitud. El resto de documentación sólo será necesaria aportarla en caso de no dar el consentimiento a la Junta de Andalucía a contrastar los datos de empadronamiento, vida laboral, datos fiscales en los organismos correspondientes.

 

Ayuda para los autónomos de Andalucía incompatible con la prestación por cese de actividad por covid-19

Cómo ya hemos comentado esta ayuda es incompatible con la prestación estatal para los autónomos por cese de actividad por la suspensión de la actividad o disminución drásticas de ingresos a consecuencias del coronavirus.

Por lo tanto si te han concedido la prestación por cese de actividad no podrás solicitar la ayuda de 300 euros, y en el supuesto de haber solicitado la prestación por cese de actividad y no haber obtenido respuesta aún, podrás solicitar la ayuda de la Junta de Andalucía, pero en el caso de que posteriormente te concedan la prestación por cese de actividad, tendrás que devolver la ayuda de 300 euros.

 

Falta de algunos CNAE en el formulario

Desde el Colegio de Economistas de Málaga, nos han informado que algunas actividades, no se encuentran en el desplegable del formulario de presentación y que desde la Junta de Andalucía están trabajando para modificarlo.

Unas de las profesiones que no figuran concretamente son las actividades de economistas, asesores fiscales y contable, es decir el grupo 692 del CNAE. 

Los economistas, asesores fiscales y contables que vayan a solicitar la ayuda, deberán marcar el CNAE 749 (Otras actividades profesionales, científicas y técnicas n.c.o.p).

En caso de haber solicitado la ayuda incluyendo otro CNAE distinto, los profesionales, deberán volver a presentar la solicitud, marcando el CNAE 749, indicando profesional: economista,contable… y en observaciones poner subsanación.

 

 

 

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