Desde el lunes 15 de junio de 2020, es posible solicitar el ingreso mínimo vital a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social. El Ingreso Mínimo Vital es una renta de carácter mensual, estructurada en 12 pagas y de la que espera que puedan beneficiarse unos 850.000 hogares. Cómo han informado desde el gobierno, en determinadas familias en situación muy vulnerable, la seguridad social está actuando de oficio y le está concediendo directamente la prestación sin necesidad de presentar la solicitud.
El ingreso mínimo vital va dirigido a personas de entre 23 y 65 años, y las rentas percibidas estarán comprendidas entre 462 euros y 1.015 euros, en función del número de personas e hijos que convivan en la familia. En el siguiente enlace podréis conocer los requisitos y las cuantías a percibir.
Acceso a los requisitos y cantidades a percibir por el Ingreso Mínimo Vital
Conviene aclarar que el ingreso mínimo vital, no es una renta básica universal, sino una renta dirigida a familias económicamente vulnerables que persigue garantizar una mejora de oportunidades reales de inclusión social y laboral de las personas beneficiarias. Ahora que ya conocemos un poco más sobre esta prestación, ¿Cómo solicitar el ingreso mínimo vital?
El Ingreso Mínimo Vital se ha fijado entre los 462 euros para una persona adulta que viva sola y hasta un máximo de 1.015 euros en función de la unidad de convivencia.
¿Cómo solicitar el Ingreso Mínimo Vital?
El ingreso mínimo vital se deberá solicitar desde la sede electrónica de la Seguridad Social, dentro del menú de Ciudadanos en el apartado familia. Una vez dentro del apartado Familia, podrán encontrar el enlace a la presentación Ingreso Mínimo Vital. A través del siguiente enlace podrán entrar:
La presentación de la solicitud se deberá firmar con certificado electrónico, podrá ser el certificado electrónico del titular de la solicitud o también podrá ser presentada por un tercero que actúe en representación del solicitante. En este caso será necesario adjuntar una autorización de representación.
También se ha habilitado una forma de presentación sin necesidad de utilizar el certificado electrónico, esta forma de presentación se encuentra más simplificada y automatizada. Y permitirá posteriormente comprobar el estado de la solicitud a través de un código seguro de verificación que se genera tras la presentación de la solicitud.
Acceso a la presentación de solicitud del ingreso mínimo vital sin certificado electrónico
¿Qué documentación hay que aportar?
Para la presentación de la solicitud será necesario adjuntar relleno el formulario de solicitud de la prestación, este documento deberá ir firmado por todas las personas que formen parte de la unidad de convivencia.
También será necesario presentar documentos tales como el DNI, Libro de familia, certificado de empadronamiento y autorizar a los organismos competentes que comprueben que los datos económicos indicados son ciertos.
En caso de que la solicitud sea presentada por un representante autorizado será necesario acompañar la autorización firmada.
Les dejamos la guía sobre el ingreso mínimo vital, para cualquier otra duda o si desea que nos encarguemos de presentar su solicitud de ingreso mínimo vital, contáctenos a través de nuestro email: info@suarezyrodriguezasesores.com
ACCESO A LA GUÍA SOBRE EL INGRESO MÍNIMO VITAL